Propiedad intelectual, Derechos de autor y la IA en Colombia: ¿Quién tiene los derechos sobre las creaciones generadas por IA?

El desarrollo tecnológico de la inteligencia artificial (IA) ha transformado profundamente los procesos creativos y comerciales en Colombia y en todo el mundo. Actualmente, sistemas avanzados pueden generar textos literarios, composiciones musicales, diseños industriales e incluso obras artísticas complejas. Pero este progreso tecnológico también genera una cuestión esencial desde el ámbito jurídico colombiano: ¿a quién corresponden los derechos de propiedad intelectual de las creaciones realizadas por inteligencia artificial?
Las normas colombianas sobre temas de propiedad intelectual, particularmente regulada en la Ley 23 de 1982 y en las decisiones andinas como la Decisión 351 de la Comunidad Andina, protege principalmente obras resultado del esfuerzo creativo de seres humanos. Sin embargo, el ordenamiento jurídico aún no prevé explícitamente cómo tratar jurídicamente las obras o invenciones generadas por sistemas de inteligencia artificial.
Una creación generada por IA plantea varias interrogantes en Colombia: ¿Debería atribuirse la autoría al programador que diseñó el algoritmo, a la empresa propietaria de la tecnología, o quizá reconocer a la IA como agente creativo independiente?
Un ejemplo muy debatido e importante a nivel internacional es el del caso “Edmond de Belamy”, una pintura de un retrato producido por IA y subastada por más de 400.000 dólares. En Colombia, una situación similar podría generar incertidumbre jurídica significativa debido a que la legislación nacional no reconoce aún explícitamente la autoría no humana.
Actualmente, en Colombia, la Dirección Nacional de Derechos de Autor (DNDA) mantiene una postura en la que el autor debe ser una persona natural, lo cual implica que una inteligencia artificial no podría ser reconocida como autora de una obra bajo la ley vigente, es decir, no podría gozar directamente de derechos morales derivados del derecho de autor.
Esto plantea retos importantes para las empresas colombianas que invierten en IA con fines comerciales o creativos. Sin una definición jurídica clara, existe el riesgo de que otras compañías utilicen tecnologías similares para generar contenidos prácticamente idénticos, lo que podría repercutir en la existencia de lagunas jurídicas porque no existen normas aplicables a casos en concreto para los litigios que se presenten.
El panorama actual indica claramente que la legislación colombiana debe evolucionar rápidamente para adaptarse a esta realidad tecnológica. Se requiere un debate profundo entre juristas, empresas tecnológicas y el Estado, encaminado a definir reglas claras sobre la atribución y protección de derechos relacionados con obras generadas por IA.
Así las cosas, aunque la inteligencia artificial impulsa notablemente la innovación empresarial en Colombia, es indispensable establecer un marco jurídico adecuado que proporcione seguridad a los creadores, proteja la inversión tecnológica y evite conflictos futuros derivados de la autoría de las obras creadas por inteligencia artificial. El país enfrenta un reto inaplazable para enfocar la ley y la jurisprudencia a la realidad tecnológica contemporánea.

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